A fs
A fs. 561 a 564 vta. cursa el recurso de apelación interpuesto por Nicolás Carvajal Carvajal en contra de la sentencia, dicha impugnación –también- carece de técnica recursiva que exponga claramente los agravios sufridos por el demandante, sin perjuicio de ello bajo los principios pro homine y pro actione que deben ser observados por este Tribunal se tiene que el recurrente expone su recurso bajo los siguientes fundamentos: 1) Que de forma extraordinaria el juez A quo sin que se demande la resolución del contrato, declara resuelto el documento de anticipo de compra – venta de fecha 27 de agosto de 2007. 2) En sentencia no se tomó en cuenta, que lo alegado en la demanda no era la calidad de heredero sino la caducidad y prescripción por el transcurso del tiempo de su formalización en condición de heredero, misma que no sucedió en el plazo que prescribe la ley según previene el art. 1029 del Código Civil. La declaratoria de herederos de Valentín Reyes Estrada incurre en nulidad absoluta por prescripción, ya que desde el fallecimiento de Zaida Veizaga Ramírez hasta la interposición de la demanda de declaratoria de herederos, transcurrieron doce años, seis meses y dos días
- Partes: Nicolás Carvajal Carvajal c/ Valentín Reyes Estrada y otros
- CONSIDERANDO I
- Razón por la que declaró inadmisible la apelación interpuesta
- De la impugnación deducida por el recurrente, se extrae lo siguiente
- 2
- Respuesta de Aldo Fuentes Ramírez
- 1
- 3
- Solicita se declare improcedente el recurso de casación
- Fundamentos que sustentan la resolución del Tribunal de Garantías
- Entiende que existe un problema que busca tutela en la justicia, mismo que tiene origen
- Indica que de acuerdo a lo denunciado en la acción de amparo se advierte que
- 1. Aplicación inmediata y obligatoria de la resolución que resuelve una Acción de Amparo Constitucional
- La sentencia Constitucional Nº 625/2012 de 23 de julio orienta: “Por lo expuesto, emitido un
- 2. Sobre el Derecho a la Impugnación y el Principio de la doble instancia
- El derecho a la impugnación y el principio de doble instancia se encuentran consagrados en
- Estos preceptos se materializan a través de los recursos que la ley franquea según la
- Los recursos que la ley franquea o reconoce para hacer efectivo el derecho a la
- Lo importante de hacer efectivos estos preceptos reconocidos en la Constitución radica en que el
- Al respecto la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1853/2013 de 29 de octubre señaló: “III
- Criterio compartido y también desarrollado por este Tribunal Supremo de Justicia que orientó en el
- En ese mismo orden de ideas el Auto Supremo Nº 223/2012 de 23 de julio,
- 3. Del principio Pro Actione y Pro Homine
- 4. De los alcances del art. 218.II num. 1) de la Ley Nº 439
- El art
- CONSIDERANDO IV
- Del estudio del recurso de casación interpuesto por Nicolás Carvajal Carvajal, se tiene que todos
- Tenemos que la Sala Civil, Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,
- Según la norma jurídica, doctrina y jurisprudencia aplicada al caso, razonamos, bajo el nuevo orden
- De tal manera el agravio formulado en apelación juega un papel gravitante a momento de
- A fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
