Auto Supremo AS/0994/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0994/2019

Fecha: 26-Sep-2019

De la impugnación deducida por el recurrente, se extrae lo siguiente

Contra el auto de vista el demandante Nicolás Carvajal Carvajal, interpuso recurso de casación cursante de fs. 608 a 613 vta., radicado el proceso en el presente Tribunal, se dictó el Auto Supremo Nº 1144/2018 de 26 de noviembre, cursante de fs. 635 a 638 vta., declarando infundado el recurso de casación interpuesto por el demandante; devuelto el expediente a la sede respectiva, el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Portachuelo constituido en Tribunal de Garantías dictó la Sentencia Nº 02/2019 de 26 de abril, saliente de fs. 670 a 672 vta., concediendo en parte la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por Nicolás Carvajal Carvajal, disponiendo la nulidad del Auto Supremo Nº 1144/2018 de 26 de noviembre.
El recurso de casación, su respuesta y la resolución de amparo constitucional merecen el siguiente análisis:

CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la impugnación deducida por el recurrente, se extrae lo siguiente:
1. Respecto al agravio, que los co demandados Yaneth Reyes de Paz, Margoth Reyes Veizaga, Gino Reymar Veizaga, Antonio Valentín Reyes Veizaga, Silvia Reyes Veizaga no entregaron al demandante los documentos que acrediten su derecho de propiedad perfeccionado, extremo que no cumplieron, reclama que el Tribunal Ad quem omitió pronunciamiento