Auto Supremo AS/0039/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0039/2020-RA

Fecha: 09-Ene-2020

Sin embargo, en lo que respecta a la problemática expuesta en el apartado ii) del


Sin embargo, en lo que respecta a la problemática expuesta en el apartado ii) del motivo en análisis, en el que denuncia el recurrente como defecto absoluto, la falta de jurisdicción en razón de materia por parte de la Juez de origen a tiempo de resolver la Sentencia, se observa el incumplimiento de las previsiones establecidas en los arts. 416 y 417 del CPP para la interposición del recurso de casación, por cuanto el recurrente soslayó efectuar la descripción del agravio de manera clara y precisa, a través de la explicación a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos contenidos en precedentes invocados como contradictorios y no limitarse a señalar que su caso es netamente civil