Auto Supremo AS/0044/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2020-RA

Fecha: 09-Ene-2020

Con relación al primer motivo, en el que refiere la ausencia de fundamentación en el


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos se advierte que el 7 de octubre de 2019 el recurrente fue notificado con el Auto complementario a la resolución impugnada, interponiendo su recurso de casación el 14 de octubre del mismo año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que les otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Con relación al primer motivo, en el que refiere la ausencia de fundamentación en el Auto de Vista impugnado, debido a que dicha instancia hubiera incumplido lo previsto por los arts. 124 y 398 del CPP, 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE) y 17.II de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), lo cual generó un defecto que no puede ser subsanado, establecido en el art. 167 y 169 inc. 3) del CPP, se advierte que el recurrente invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 5 de 26 de enero de 2007 y 183 de 6 de febrero de 2007; de los cuales, se limita a simplemente invocarlos y transcribir la parte que creyó pertinente, sin precisar la contradicción en la que hubiera incurrido el Auto de vista respecto de éstos, omitiendo en consecuencia la exigencia procesal prevista en el art. 417 del CPP