Auto Supremo AS/0049/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2020

Fecha: 20-Ene-2020

De la revisión de antecedentes vinculados a la escritura pública falsificada, se verifica que los

Por otra parte, considerando que los fundamentos del recurso de casación se encuentran orientados a determinar si existió o no conocimiento de los recurrentes con relación al acto ilícito perpetrado y denunciado, supuestamente celebrado entre Martha Delia Yankovic Birbuet y Judith Albertina Alfaro Yépez, Escritura Pública N° 635/2009 de 31 de julio, pieza fundamental y clave para la resolución del proceso, cuya falta de valoración se acusa en cada uno puntos insertos en el recurso de casación, y de conformidad a lo señalado en la Doctrina Aplicable al caso III.2 del presente fallo, sobre la Valoración de la prueba que señaló: “El juez es el único que tiene la obligación de descubrir la verdad, dado que la manera como los abogados utilizan las pruebas no es descubrir la verdad sino defender la posición de su cliente, esto es, persuadir al juez de que el cliente tiene la razón”
De la revisión de antecedentes vinculados a la escritura pública falsificada, se verifica que los recurrentes Oscar Dick Bolaños Sejas y Margarita Arauco de Bolaños, anoticiados del hecho formularon denuncia por la comisión de los delitos de estafa, estelionato, uso de instrumento falsificado y otros, al Ministerio Público por memorial de 22 de octubre de 2009 de fs. 84 a 85, prestan sus declaraciones informativas policiales el 29 de octubre de 2009 a fs. 86 y 87, logran se expida mandamiento de aprehensión contra Martha Delia Yankovic Birbuet el 21 de enero de 2010 por la Fiscal de Materia Dra. Rosario Venegas Miranda a fs. 91, asimismo consta acta de declaración en Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen de La Paz, de 23 de marzo de 2010 a fs. 92, en la cual la denunciada se abstiene de declarar y se acoge al derecho de silencio, finalmente cursa de fs. 93 a 95 vta., de obrados la imputación formal de 4 de mayo de 2010 en contra de Martha Delia Yankovic Birbuet por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato, por la venta de un lote de terreno ubicado en el Ex fundo Irpavi, localidad Palca del departamento de La Paz, con una superficie de 300 m2, debidamente registrado en la oficina de Derechos Reales bajo el Folio Real de 20 de agosto de 2009