Auto Supremo AS/0050/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0050/2020-RA

Fecha: 09-Ene-2020

Refiere que la Sala Penal Tercera, en el Auto de Vista que impugna, no realizó

  
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
 
Señala que el Auto de Vista impugnado, no está fundamentado y contraviene los arts. 124 y 413 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ya que no consideró que el Ministerio Público no probó el delito, de ese modo no existe pericia alguna que demuestre su responsabilidad en el hecho atribuido ni se produjo prueba alguna, existiendo errónea aplicación de las normas sustantiva y adjetiva.
Refiere que la Sala Penal Tercera, en el Auto de Vista que impugna, no realizó fundamentación sobre las excepciones e incidentes de actividad procesal defectuosa que interpuso, reclamando el hecho de que el conductor del otro vehículo, Severo Freddy Vargas Loza, no fue imputado ni acusado, más bien, después de más de un año de juicio, el Ministerio Público manifestó tener una resolución de rechazo, presentando la misma, dando lugar al rechazo del incidente, reservándose el derecho a la impugnación por encontrarse pendiente de resolución la objeción que formuló a dicho rechazo, por lo que el juicio no debió continuar; asimismo, observó que la acusación fiscal presentada por el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, pero no la omisión de socorro, la que recién fue presentada por la parte civil y que no fue objeto del proceso ni de la investigación