Auto Supremo AS/0073/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2020-RA

Fecha: 20-Ene-2020

En el tercer motivo, el recurrente refiere vulneración del debido proceso en sus vertientes de


En el tercer motivo, el recurrente refiere vulneración del debido proceso en sus vertientes de legalidad, interculturalidad y equidad social, al exigirse al procesado por Auto de Vista, un comportamiento distinto, sin considerar las especiales circunstancias del autor y del hecho, cuando se acreditó que se llamó al hijo de la víctima para advertirle del hecho, además que púbicamente se manifestó estar al margen de la decisión de la comunidad. Este hecho no hace desaparecer lo probado y que el rechazo de la argumentación al respecto, es una exigencia de los Vocales sin fundamento y análisis alguno, sin tomar en cuenta que no se trata de un ciudadano común, sino de un miembro de comunidad indígena originaria campesina, que tiene una forma diferente de ver las normas, las relaciones sociales y las formas de vida de la sociedad, resultando arbitrario que el Tribunal de alzada no considere estas condiciones especiales del acusado