Auto Supremo AS/0078/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2020-RA

Fecha: 20-Ene-2020

Como primer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en


Como primer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación en la emisión del Auto de Vista impugnado, argumentando que en apelación restringida denunció el agravio de fundamentación insuficiente o contradictoria, donde sostuvo que no se identificó el marco probatorio, así como la inexistencia de valoración probatoria intelectiva en la Sentencia, empero el Tribunal de alzada determinó contrariamente, la debida fundamentación de la misma, apoyándose en los puntos cuarto y quinto de la Sentencia, sin considerar que en dichos puntos solo establecerían la compra y el mal estado del CPU, sin que existan elementos para sustentar el delito de Receptación, advirtiéndose que el recurrente omite invocar precedentes contradictorios en incumplimiento a los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; sin embargo, se evidencia que a tiempo de precisar la vulneración a su derecho al debido proceso, proporcionó los antecedentes generadores de su recurso, explicitando los fundamentos de su alzada y la respuesta otorgada por el Tribunal de apelación; asimismo, detalló en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que hubiere incurrido el señalado Tribunal al enfatizar la falta de fundamentación en la emisión del Auto de Vista impugnado respecto al agravio previsto en el inc. 5) del art. 370 del CPP–; y, el resultado dañoso emergente del defecto: la confirmación de la Sentencia condenatoria con relación al delito de Receptación. En consecuencia, se evidencia el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización y por ende, resulta admisible la primera parte del motivo expuesto en forma extraordinaria