Auto Supremo AS/0079/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0079/2020

Fecha: 24-Ene-2020

Asimismo manifiesta que el fallo recurrido vulnero el debido proceso

Asimismo manifiesta que el fallo recurrido vulnero el debido proceso en su elemento de la congruencia, ya que luego de un razonamiento tenue y superficial de las fechas de registro considera que los documentos emergentes de la Escritura Pública 1463/1998 de 14 de abril de fs. 192 a 194, se encontrarían viciadas de nulidad y debe someterse ante la autoridad judicial, toda vez, que Nicanor Arratia Mamani autorizo la nulidad de las Partidas Computarizadas Nº 01174276, Nº 01168066, Nº 01209720 y ratifico y reconoció que los únicos propietarios herederos del terreno denominado Kella Amay Pata ex fundo Pacajes actual “Urbanización Andino” son Alejandro Torrez Sánchez, Felicidad Torrez Sanchez y Juana Torrez Sanchez y justamente de los antecedentes de dominio del demandado nacen de la Partida Computarizada Nº 01168066 resultando el auto de vista impugnado, incurrió en una incongruencia interna al señalar que su inscripción es posterior al del demandado que nació nulo a la vida del derecho, afectando la justicia material