Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0104/2020-RRC
Fecha: 29-Ene-2020
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I.1. Antecedentes
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Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Sonia Troche Apaza (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Reclama que el Auto de Vista impugnado no cumplió con lo dispuesto por el Auto
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También refiere, que el Auto de Vista no cumplió con lo señalado en el Auto
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Por otro lado, aclara que cuando tuvo conocimiento del certificado forense evidenció que el lesionado
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El recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido, disponiendo que el
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 725/2019-RA de 9 de septiembre, este Tribunal admitió el recurso de casación
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II.1.De la Sentencia
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Por Sentencia 51/16 de 14 de noviembre del 2016, el Tribunal Noveno de Sentencia Penal
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El imputado aprovechando su condición de Técnico Investigador Asignado al Caso, luego de haber aprehendido
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Para la comisión del delito, el imputado aprovechó dolosamente su grado de policía y condición
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El imputado ordena verbalmente la liberación del aprehendido abusando su condición de Mayor y su
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Al ordenar la liberación del único y principal responsable del hecho, el imputado benefició al
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II.2. Del recurso de apelación restringida
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Notificado con la Sentencia, el imputado Javier Lora Arandia, interpuso recurso de apelación restringida, bajo
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Afirma el apelante, que el Tribunal realiza una serie de consideraciones subjetivas centrando su lógica
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II.3. Del Auto Supremo 1027/2018-RRC de 16 de noviembre
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Conforme a los datos del proceso, se advierte que la presente causa fue radicada anteriormente
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Por su parte, el Tribunal de alzada, de manera concreta y suficiente explicitó en cuanto
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Sin embargo, en cuanto a la denuncia de valoración defectuosa de la prueba, se advierte
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En consecuencia, es evidente lo acusado por el apelante; es decir, el Tribunal de apelación
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En base a los fundamentos precedentes, dejó sin efecto el Auto de Vista, disponiendo se
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II.4. Del Auto de Vista impugnado
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A fines de evitar una reiteración innecesaria, los fundamentos de la Resolución serán extractados al
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CON EL PRECEDENTE INVOCADO
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En el presente caso, este Tribunal admitió el recurso de casación a los fines de
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III.1. Sobre la vinculatoriedad de los fallos judiciales
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El art
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La doctrina legal establecida será obligatoria para los tribunales y jueces inferiores y sólo podrá
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Es decir, el ordenamiento jurídico boliviano en materia penal, establece claramente que los fallos del
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Por otra parte, debe considerarse que del art
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En este ámbito, esta Sala emitió el Auto Supremo 037/2013-RRC, de 14 de febrero, que
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Respetando el principio constitucional de celeridad, los Tribunales y Jueces inferiores, están obligados a cumplir
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III.2. Del precedente invocado
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El recurrente invocó el Auto Supremo 286/2013 de 22 de julio, que fue dictado por
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La exigencia de la debida motivación de las resoluciones judiciales también alcanza con mayor relevancia
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II
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Así, si bien la estimación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas de la
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Considerando que la valoración de la prueba y de los hechos es de competencia privativa
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III.3. Análisis del caso concreto
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Sintetizada la denuncia en la que el recurrente reclama, que el Auto de Vista impugnado
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Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al
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En observancia del Auto Supremo referido, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
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Ahora bien, ciertamente como arguye el recurrente el Auto de Vista impugnado a tiempo de
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Respecto a la afirmación del recurrente de que, al arrestado en esa calidad, le correspondía
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Por los argumentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista impugnado, no incurrió en
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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