II.3. De la audiencia de fundamentación de apelación restringida
II.3. De la audiencia de fundamentación de apelación restringida
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 002/2017 de 17 de enero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Julio Rodolfo Haisch Gonzáles (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 652/2019-RA de 23 de agosto,
- Alega la vulneración del principio de legalidad, seguridad jurídica, a los derechos del Juez Natural,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 652/2019-RA de 23 de agosto, este Tribunal admitió el recurso de casación
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Primero
- Segundo
- Tercero
- Cuarto
- El recurrente conjuntamente con la apelación restringida interpuso apelación incidental contra la Resolución 156/2016 de
- A su vez, respecto a los agravios denunciados en apelación restringida, el recurrente señaló
- Acusó la insuficiente contradicción y carencia de fundamentación de la Sentencia, donde sostuvo los mismos
- Denunció la defectuosa valoración probatoria, donde sostuvo que en el considerando III de la valoración
- II.3. De la audiencia de fundamentación de apelación restringida
- De acuerdo a la problemática planteada en el Auto de Admisión 652/2019 RA de 23
- Asimismo, emitió el Auto de Vista impugnado, bajo los siguientes argumentos
- En cuanto al segundo agravio, donde refiere insuficiente y contradictoria fundamentación por haber tomado como
- En el presente caso el imputado Julio Rodolfo Haisch Gonzáles, denuncia que el Tribunal de
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el presente caso, el recurrente alega la vulneración del principio de legalidad, seguridad jurídica,
- A tal efecto, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 424/2015 RRC de 29
- Ahora bien, corresponde verificar si existe contradicción entre el precedente citado con lo resuelto por
- A mayor abundamiento, se debe tomar en cuenta que el precedente invocado es referente a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
