Ahora bien la parte recurrente en apelación restringida denunció la errónea aplicación de la Ley
Se advierte que la doctrina contenida en los Autos Supremos 97 de 1 de abril y 479 de 8 de diciembre ambas de 2005, emergen – de entre otras contradicciones jurídicas detectadas –, de la condena al imputado con prueba insuficiente; además, de insuficiente producción probatoria por parte del acusador fiscal, que genera certeza de la culpabilidad por los delitos acusados; entonces, ambas problemáticas resultan similares con la traída en casación y por tanto corresponde su contrastación con la problemática procesal motivo de autos.
Auto Supremo 55/2012-RRC de 4 de abril, resuelto por la Sala Penal, seguido por el delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, en una temática referida a la presunción de inocencia, en tal sentido el recurso de casación fue declarado infundado, por lo tanto carece de doctrina legal aplicable y no puede ser objeto de contraste con el Auto de Vista impugnado.
Ahora bien la parte recurrente en apelación restringida denunció la errónea aplicación de la Ley sustantiva en relación al ilícito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito acusado en su contra; por cuanto consideró que fueron insuficientes los medios probatorios que basaron la Sentencia; asimismo, denunció la valoración defectuosa de la prueba en relación al dictamen pericial y el informe preliminar de tránsito
- Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 17/2017 de 28 de septiembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Valeriano Macias Quenta, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 940/2019-RA de 15 de octubre, se
- El recurrente denuncia que en el proceso no se pudo demostrar la existencia de lesión
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita “declarar admisible el presente recurso y existiendo contradicción entre el Auto de
- I.2. Admisión del recurso
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
- II.2. Recurso de apelación restringida del imputado
- El imputado a través de memorial de fs
- No se efectuó una valoración correcta de la prueba propuesta por la acusación fiscal, teniendo
- Se desprende una errónea aplicación del art
- Asimismo se evidencia errónea aplicación del art
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, resolviendo el citado recurso,
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- Previo a efectuar el análisis del caso en concreto se verificará si los fallos invocados
- Auto Supremo 97 de 1 de abril de 2005, resuelto por la Sala Penal Primera
- El Código Penal en su artículo 13 Quater indica: "Cuando la ley no conmine expresamente
- Siendo evidente la insuficiencia de prueba que llevó a la duda razonable al juzgador, causando
- Auto Supremo 479 de 8 de diciembre de 2005, resuelto por la Sala Penal Segunda
- Ahora bien la parte recurrente en apelación restringida denunció la errónea aplicación de la Ley
- Sin embargo, se observa que como problemática de casación, el recurrente reclama la inaplicabilidad del
- En ese sentido, la abundante jurisprudencia ordinaria –entre ella la del Auto Supremo 145/2013-RRC de
- Empero, en el caso de Autos, el recurrente denuncia la vulneración a dicho principio recién
- Entonces, en cuanto a lo reclamado por el recurrente respecto a la falta de certificado
- Por consiguiente, los fundamentos del Auto de Vista recurrido no resultan contradictorios a los precedentes
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
