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    Auto Supremo AS/0135/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0135/2020-RRC

    Fecha: 29-Ene-2020

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    • Por memorial presentado el 17 de junio de 2019, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Olga Saavedra Ortiz interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del recurso de casación y del Auto Supremo 714/2019-RA de 09 de septiembre, se extrae
    • También denuncia la violación de su garantía al juicio previo previsto por los arts
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 714/2019-RA de 09 de septiembre, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 29/2018 de 26 de junio (fs
    • La acusadora particular a través de memorial de fs
    • La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolviendo el citado
    • III
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • Al efecto debe también considerarse la preminencia del resguardo de los derechos constitucionales conforme la
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Tanto la doctrina como diversa jurisprudencia es coincidente al afirmar que la tutela judicial efectiva
    • La jurisprudencia nacional promovida en gran manera por el Tribunal Constitucional -ahora Plurinacional-, sentó una
    • Debe agregarse que este Tribunal en el Auto Supremo 001/2014-RRC de 7 de febrero, precisó: “Delimitado
    • De igual forma, es necesario estimar que este derecho, no puede comprenderse como absoluto e
    • III.1.3. El principio pro actione
    • Este principio, significa que la autoridad jurisdiccional tiene el deber y obligación de interpretar las
    • En este sentido, a partir del alcance de este principio, la finalidad del derecho de
    • Similar entendimiento sobre los alcances del principio pro actione a la luz del bloque de constitucionalidad expresado
    • Así, el constituyente boliviano, incluyó de manera acertada dicho principio dentro del texto constitucional, de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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