Si bien en el pasado se exigía una rigurosa fundamentación de los recursos ordinarios y
Si bien en el pasado se exigía una rigurosa fundamentación de los recursos ordinarios y extraordinarios, aquello sobrellevó una denegación de justicia, aspecto ampliamente reclamado por décadas por la sociedad en su conjunto, y lo que el Tribunal de segunda instancia no tomó en cuenta al declarar inadmisible el recurso de apelación por falta de expresión de agravios es que hoy en día la Constitución Política del Estado y la Ley del Órgano Judicial, al margen de establecer los principios que sustentan la potestad de impartir justicia, establecen también los principios procesales que rigen la administración de justicia, entre estos, el principio de accesibilidad que impone a la función judicial la obligación de facilitar que toda persona acuda al Órgano Judicial para que se imparta justicia; esa facilidad de acceso debe ser entendida no solo como un mero acceso inicial por parte de los usuarios al sistema de administración de justicia, sino que comprende todos sus niveles e instancias del Órgano Judicial en su conjunto, incluyendo cierta flexibilización de los requisitos en relación con la expresión de agravios, que no debe ser exigida con excesivo formalismo, sino que se debe tomar en cuenta el objeto que tiene el recurso de apelación en su conjunto
- Expediente: O-8-20-S
- Partes: Shirley Amparo Sanjinez Portugal c/ Dora Portillo Espada
- Distrito: Oruro
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- Los Jueces de alzada en lo trascendental de dicha resolución señalaron que los agravios de
- Del recurso de casación denominado en el fondo, interpuesto por Shirley Amparo Sanjinez Portugal, se
- Petitorio
- Solicitó se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista y se disponga se dicte
- De la respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- III.1. De la congruencia en las resoluciones
- Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
- La Jurisprudencia Constitucional desarrolló asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al
- III.2. Del contenido del agravio en el recurso de apelación
- El art
- La expresión del agravio debe expresar una crítica concreta y razonada del fallo que el
- CONSIDERANDO IV
- De la revisión del recurso de casación, si bien no posee una técnica recursiva prolija,
- En ese contexto el doctrinario Eduardo Couture en su obra “Fundamentos del Derecho Procesal Civil”
- En el Estado Plurinacional de Bolivia, el principio de impugnación no solo se encuentra previsto
- Ahora bien, del examen del recurso de apelación de fs
- De los reclamos desarrollados se comprende que el recurso de apelación cuenta con la mínima
- En ese entendido, sobre la pertinencia de la resolución el art
- Si bien en el pasado se exigía una rigurosa fundamentación de los recursos ordinarios y
- Al momento de considerar el agravio el Tribunal de segunda instancia debe asumir que el
- Finalmente, al haberse emitido una resolución de inadmisibilidad por el Ad quem, de manera aclaratoria
- Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme al art
- En aplicación del art
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
