Auto Supremo AS/0442/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0442/2020-RA

Fecha: 15-Oct-2020

Con relación a ello prosiguió reclamando señalando que, en cuanto a los efectos de la

Con relación a ello prosiguió reclamando señalando que, en cuanto a los efectos de la sentencia declarada nula, debió aplicarse necesariamente lo previsto en el art. 547 num.1) del Código Civil, puesto que la nulidad declarada surte efectos con carácter retroactivo, hasta el momento que habría nacido el contrato declarado nulo, es decir hasta el 6 de marzo de 1983, fecha de celebración del matrimonio, por lo que todos los actos posteriores tampoco son válidos como ser la demanda que tiene como objeto la división y partición de bien ganancial por no haber existido matrimonio con validez legal