VISTOS: El recurso de casación de fs
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 371 a 375, presentado por Pedro Plata Mercado, impugnando el Auto de Vista Nº 92/2020 de 28 de febrero, cursante de fs. 361 a 363, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, , en el proceso ordinario de división y partición de bien inmueble, seguido por Raúl Condori Tito contra la parte recurrente; el Auto de concesión de 25 de septiembre de 2020 cursante a fs. 387; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Raúl Condori Tito por memoriales cursantes a fs. 9 y a fs.11 y de fs. 97 a 98, demandó a Pascuala Mercado Maydana, por división y partición de bien inmueble, apersonándose la demandada opuso excepciones previas mediante memorial cursante de fs. 32 a 33 vta., asimismo contestó mediante memorial cursante de fs. 43 a 44, excepciones que fueron resueltas y declaradas improbadas mediante resolución Nº 483/2013 cursante de fs. 105 a 106 de obrados, tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 310/2016 de 18 de marzo, cursante de fs. 310 a 315, dictada por el Juez Público de Familia Nº 8 de la ciudad de La Paz, que declaró PROBADA la demanda, declarando consecuentemente la ganancialidad del bien inmueble registrado bajo el Folio Real Nº 2.17..1.01.0000535, ubicado en la localidad de Copacabana calle Conde de Lemus zona Garita s/n, provincia Manco Kapac del departamento de La Paz, con una superficie de 533,00 m2, debiendo procederse a la división y partición en el 50% de acciones y derechos para Raúl Condori Tito y Pascuala Mercado Maydana, y en caso de que no se pueda lograr una cómoda división se disponga la subasta pública previo avalúo pericial. Declaró también IMPROBADA la excepción perentoria opuesta por litis pendencia
VISTOS: El recurso de casación de fs. 371 a 375, presentado por Pedro Plata Mercado, impugnando el Auto de Vista Nº 92/2020 de 28 de febrero, cursante de fs. 361 a 363, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, , en el proceso ordinario de división y partición de bien inmueble, seguido por Raúl Condori Tito contra la parte recurrente; el Auto de concesión de 25 de septiembre de 2020 cursante a fs. 387; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Raúl Condori Tito por memoriales cursantes a fs. 9 y a fs.11 y de fs. 97 a 98, demandó a Pascuala Mercado Maydana, por división y partición de bien inmueble, apersonándose la demandada opuso excepciones previas mediante memorial cursante de fs. 32 a 33 vta., asimismo contestó mediante memorial cursante de fs. 43 a 44, excepciones que fueron resueltas y declaradas improbadas mediante resolución Nº 483/2013 cursante de fs. 105 a 106 de obrados, tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 310/2016 de 18 de marzo, cursante de fs. 310 a 315, dictada por el Juez Público de Familia Nº 8 de la ciudad de La Paz, que declaró PROBADA la demanda, declarando consecuentemente la ganancialidad del bien inmueble registrado bajo el Folio Real Nº 2.17..1.01.0000535, ubicado en la localidad de Copacabana calle Conde de Lemus zona Garita s/n, provincia Manco Kapac del departamento de La Paz, con una superficie de 533,00 m2, debiendo procederse a la división y partición en el 50% de acciones y derechos para Raúl Condori Tito y Pascuala Mercado Maydana, y en caso de que no se pueda lograr una cómoda división se disponga la subasta pública previo avalúo pericial. Declaró también IMPROBADA la excepción perentoria opuesta por litis pendencia
- Auto Supremo: 442/2020-RA
- Proceso: División y partición de bien inmueble
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Resolución que ante memorial de solicitud de explicación, enmienda y complementación solicitada por la demandada
- 2
- En el marco de lo preceptuado en el art
- II. 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- En autos, se trata de un auto de vista pronunciado en relación al recurso de
- II. 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II. 3. De la legitimación procesal
- II. 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por Pedro Fernando Plata Mercado, se extractan algunos de los
- Acusó al auto de vista impugnado de incurrir en omisión de pronunciamiento respecto a la
- En el fondo
- Expresó que la resolución de alzada aplicó indebidamente la Ley contenida en el art
- Con relación a ello prosiguió reclamando señalando que, en cuanto a los efectos de la
- Concluyó solicitando anular en parte el proceso, reponiendo obrados hasta el vicio más antiguo o
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- SPMCB.
