4. Del contenido del recurso de casación
De igual forma se colige que la parte recurrente Jhalmar Parrado Medinacely, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº 063/2020 de 10 de septiembre, cursante de fs. 8635 a 8644 vta., este goza de plena legitimación procesal, ello en virtud a que el recurrente presentó su recurso de apelación oportunamente conforme escrito cursante de fs. 8479 a 8491 dando lugar a la emisión de la resolución impugnada que es parcialmente confirmatoria de la Sentencia; de lo que se deduce que la interposición del referido recurso es completamente permisible conforme al sistema de impugnación vertical, así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación
4. Del contenido del recurso de casación
- Auto Supremo: 479/2020-RA
- Expediente: PT-6-20-S
- Partes: Fernando Parrado Medinaceli c/ Jhalmar Parrado Medinacely
- Proceso: Rendición de cuentas públicas
- 1
- 2
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por el demandado Jhalmar Parrado Medinacely, se extractan algunos de
- a) Reclamó que el Auto de Vista impugnado avaló la inobservancia de la Sentencia de
- b) Acusó que el Auto de Vista impugnado, inobservó el art
- Con relación a ello refirió también que, los de instancia omitieron valorar la prueba de
- Asimismo manifestó que la resolución de alzada omitió dar respuesta, únicamente resolvió el primer fundamento
- De fondo
- a) Expresó que el Auto de Vista Nº 063/2020, incurrió en error de derecho por
- b) Atribuyó errónea interpretación del art
- Petitorio
- Solicitó casar el Auto de Vista Nº 063/2020 de 10 de septiembre, declarando improbada la
- Así planteados los agravios por el recurrente, se concluye que, en la forma, ha cumplido
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
