Auto Supremo AS/0574/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0574/2020-RRC

Fecha: 16-Oct-2020

El Tribunal de alzada no cumplió con la debida función del art


El Tribunal de alzada no cumplió con la debida función del art. 407 del CPP, al no otorgar respuesta a todos y cada uno de los motivos recurridos, quebrantando así los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico, el debido proceso y el principio de legalidad, advirtiendo que al dictarse Sentencia se omitió realizar la labor de subsunción que demuestre objetivamente el encuadramiento perfecto de las conductas tachadas de antijurídicas en el marco descriptivo de la Ley penal, a partir de una descripción del hecho probado, para luego establecer si se subsume a todos los elementos constitutivos del tipo penal, toda vez que se contrapone a los Autos Supremos 17/2014-RRC de 24 de marzo y 171/2012-RRC de 24 de julio; asimismo, los vocales no dieron respuesta en relación al defecto de Sentencia por defectuosa valoración de la prueba, omitiendo resolver este aspecto, incumpliendo la tarea prevista por los arts. 124, 396 y 398 del CPP, desviando los argumentos al afirmar ausencia de motivación y fundamentación en la apelación, pretendiendo una revalorización en alzada, cuando se denunció el defecto al haberse establecido un hecho no acreditado de forma alguna, como el ser tartamudo, así como la falta de valoración de la declaración de la Notaria de Fe Pública, por lo que el Auto de Vista al no resolver el fondo de los motivos cuestionados en apelación, vulneró los derechos a la impugnación y la tutela judicial efectiva