Por memorial presentado el 3 de julio de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 579/2020-RRC
Sucre, 16 de octubre de 2020
Expediente : La Paz 135/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Valentín Ticona Colque
Delitos : Abuso de Firma en Blanco y otros
Magistrado Relator : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS
Por memorial presentado el 3 de julio de 2019, cursante de fs. 812 a 817 vta., Valentín Ticona Colque, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 73/2016 de 19 de septiembre de fs. 699 a 706, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Luis Gallego Condori contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Abuso de Firma en Blanco, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los Arts. 336, 200 y 203 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 579/2020-RRC
Sucre, 16 de octubre de 2020
Expediente : La Paz 135/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada : Valentín Ticona Colque
Delitos : Abuso de Firma en Blanco y otros
Magistrado Relator : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS
Por memorial presentado el 3 de julio de 2019, cursante de fs. 812 a 817 vta., Valentín Ticona Colque, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 73/2016 de 19 de septiembre de fs. 699 a 706, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Luis Gallego Condori contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Abuso de Firma en Blanco, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los Arts. 336, 200 y 203 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 3 de julio de 2019, cursante de fs
- Por Sentencia 08/2014 de 25 de septiembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Valentín Ticona Colque, formuló recurso de apelación restringida (fs
- La parte recurrente denuncia que la Resolución de alzada, no dio una respuesta adecuada al
- Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, ante la denuncia de respuesta
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el Art
- El Art
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2. Del principio de verdad material
- Respecto al principio de verdad material, aludido como vulnerado en el motivo traído en casación,
- III.3. Del análisis de los precedentes contradictorios
- A efectos de fundamentar la problemática traída en casación, el recurrente invocó como contradictorios los
- En ese entendido, el Tribunal de Alzada al resolver un recurso de apelación restringida en
- Recapitulando, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado otorgó una respuesta inadecuada a
- Ahora bien, como se tiene de los antecedentes y actuaciones procesales del caso presente, el
- En atención a ello, el Tribunal de Alzada precisó de manera concreta que lo reclamado
- Por consiguiente, ya ingresando en la labor de contraste con el precedente invocado, de lo
- Siendo así, esta Sala observa que lo pretendido por el recurrente es la revisión de
- Es decir, el reclamo incidental planteado por el recurrente, se tramitó conforme lo prevén los
- A mayor abundamiento, cabe señalar que la única excepción a dicha regla, es el recurrir
- En consecuencia, la vulneración al derecho a la verdad material denunciada en el motivo presente,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el Art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
