En fecha 21 de noviembre de 2019 (fs
II.3. Contestación al recurso de casación
En fecha 21 de noviembre de 2019 (fs. 180), el demandante fue debidamente notificado con el recurso de casación de fs. 174 a 178 y providencia de fs. 179 de 13 de noviembre de 2019, quien no contesto dicho recurso
En fecha 21 de noviembre de 2019 (fs. 180), el demandante fue debidamente notificado con el recurso de casación de fs. 174 a 178 y providencia de fs. 179 de 13 de noviembre de 2019, quien no contesto dicho recurso
- I.1.1- SENTENCIA
- En cumplimiento al Auto Supremo Nº 204 de 22 de abril de 2019, de fs
- Que, a tiempo de responder la demanda e interponer el recurso de apelación en contra
- b) Que, con la declaración de la señora Miguelina Paraba Suarez, demostró que conoce a
- c) Que, mediante la declaración del señor Wilson Pozo Medrano, demostró que conoció al señor
- Asimismo, indicó que todos sus testigos fueron sometidos a un contrainterrogatorio, donde manifestaron y absolvieron
- Que, según el art
- Continuó detallando que es ilógico que su persona tenga que mantener de manera gratuita a
- Que, en el segundo considerando del auto de vista es una simple relación lírica y
- II.2.-Petitorio
- En fecha 21 de noviembre de 2019 (fs
- El recurso de casación en el fondo planteado por Celso Apaza Calizaya, de fs
- CONSIDERANDO III
- La jurisprudencia pronunciada por el Tribunal Supremo de Justicia, enseña que el recurso de casación
- Con carácter previo a considerar cada uno de los argumentos vertidos por el demandado en
- Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
- Al respecto, cabe señalar que las resoluciones pronunciadas por los juzgadores de grado deben ser
- En autos, la resolución de fs
- Finalmente, y en el marco legal descrito, se evidencia que el Tribunal de Alzada vulneró
- Se llama severamente la atención a los vocales que suscribieron el auto de vista recurrido,
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
