Auto Supremo AS/0620/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2020-RA

Fecha: 09-Oct-2020

En el segundo motivo del recurso de casación, se denuncia que el Auto de Vista

En el segundo motivo del recurso de casación, se denuncia que el Auto de Vista en su romano VI. numerales 5 y 7, vulnera el derecho a recurrir de la sentencia y genera indefensión, pues rechaza los fundamentos de la apelación, en virtud a la aceptación de procedimiento abreviado, sin considerar el incidente de actividad procesal defectuosa planteado y no resuelto por el Tribunal de juicio. Como fundamentos, se transcriben los argumentos del recurso de apelación restringida, referidos la falta de quorum del Tribunal de Juicio en la audiencia de procedimiento abreviado, concluyéndose posteriormente que el daño emergente del defecto es que a partir de la interpretación sesgada y formalista que realizan los vocales, se le obliga a aceptar el procedimiento abreviado, no obstante, nunca firmó el acta de la audiencia ni aceptó a viva voz la sentencia de dos jueces, generando defecto procesal absoluto, por lo que solicita se declare procedente la vulneración de los derechos al debido proceso, defensa, igualdad procesal de las partes, al juez natural, a la motivación y congruencia en las resoluciones, revocando la Sentencia de procedimiento abreviado por no cumplir con lo establecido en los arts. 373 y 374 del CPP, e incumplir con el quorum previsto en el art. 52 del CPP