En el segundo motivo del recurso de casación, se denuncia que el Auto de Vista
En el segundo motivo del recurso de casación, se denuncia que el Auto de Vista en su romano VI. numerales 5 y 7, vulnera el derecho a recurrir de la sentencia y genera indefensión, pues rechaza los fundamentos de la apelación, en virtud a la aceptación de procedimiento abreviado, sin considerar el incidente de actividad procesal defectuosa planteado y no resuelto por el Tribunal de juicio. Como fundamentos, se transcriben los argumentos del recurso de apelación restringida, referidos la falta de quorum del Tribunal de Juicio en la audiencia de procedimiento abreviado, concluyéndose posteriormente que el daño emergente del defecto es que a partir de la interpretación sesgada y formalista que realizan los vocales, se le obliga a aceptar el procedimiento abreviado, no obstante, nunca firmó el acta de la audiencia ni aceptó a viva voz la sentencia de dos jueces, generando defecto procesal absoluto, por lo que solicita se declare procedente la vulneración de los derechos al debido proceso, defensa, igualdad procesal de las partes, al juez natural, a la motivación y congruencia en las resoluciones, revocando la Sentencia de procedimiento abreviado por no cumplir con lo establecido en los arts. 373 y 374 del CPP, e incumplir con el quorum previsto en el art. 52 del CPP
- Por memorial presentado el 3 de julio de 2020, cursante de fs
- Por Sentencia N° 38/2018 de 27 de septiembre (fs
- Mediante diligencia de 19 de marzo de 2020 (fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- III. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En virtud a la diligencia de fs
- Sin embargo, ante la denuncia de concurrencia de un defecto absoluto no susceptible de convalidación,
- En el segundo motivo del recurso de casación, se denuncia que el Auto de Vista
- El tercer motivo del recurso de casación, denuncia que el romano VI
- No obstante, al haberse denunciado la existencia de un defecto absoluto no susceptible de convalidación
- Sin perjuicio de lo anterior, respecto a la cita de la Sentencias Constitucional N° 937/2006-R,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
