De ahí que, el principio de congruencia exige que no se omita, altere o exceda
De ahí que, el principio de congruencia exige que no se omita, altere o exceda las peticiones contenidas en el proceso que resuelve
- Partes: María Elena Calderón Antelo y Marycela Peña Calderón c/ Roxana Bejarano Balcázar, Juan Carlos
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- El segundo agravio es la violación del sustantivo civil alegando que se encuentran en posesión
- CONSIDERANDO II: Que por mandato del art
- II
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- Del recurso de casación interpuesto por la demandante María Elena Calderón Antelo por sí y
- El Auto de Vista impugnado no guardaría relación con los datos del proceso, nombres de
- En el Auto Nº 32/2020 de 6 de marzo, el que el tribunal Ad quem
- En la forma
- No se otorgó el valor que le confiere la ley a las pruebas de cargo
- Violación del debido proceso y formas esenciales para la eficacia y validez de los actos
- En el fondo
- Señala la recurrente que su persona e hija habrían cumplido con los requisitos para la
- El art
- Por lo que la decisión del Ad quem es un desconocimiento a la normativa que
- Posesión realizada a consecuencia de un contrato privado de anticrético que no guarda las formalidades
- Por otra parte, el contrato fue realizado por otra persona que no era propietaria del
- Incorrecta valoración de la prueba
- Señalan que se incurrió en violación e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley
- En cuanto a prueba testifical demuestra que las recurrentes viven en el inmueble objeto de
- Del acta de inspección judicial de 22 de marzo de 2016, el A quo constató
- Que habrían cumplido la carga de la prueba conforme el art
- Se ha demostrado que la pretensión de la demanda fue respaldada por todos los medios
- CONSIDERANDO III
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III.2. De la motivación y fundamentación de las resoluciones
- Con respecto a la exigencia de la motivación y fundamentación de las Resoluciones como elemento
- Esos entendimientos fueron adoptados también en otros fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional
- Sin embargo, como es lógico, la fundamentación de la Resolución de Alzada, debe circunscribirse a
- Sobre este punto, corresponde señalar lo expresado en la doctrina aplicable contenida en el AS
- III.4. Sobre la nulidad procesal
- Las recurrentes plantean recurso de casación en la forma y en el fondo siendo los
- De ahí que, el principio de congruencia exige que no se omita, altere o exceda
- Teniendo por objetivo que exista una debida adecuación, es decir, el juzgador deberá resolver dentro
- El AS Nº 254/2016 refiere que la congruencia se entiende desde dos acepciones la congruencia
- El derecho a recurrir no se cumple con la simple interposición del recurso de apelación,
- De la cita de antecedentes concluimos que el Auto de Vista impugnado en el
- Defectos identificados y suficientes para la procedencia de la anulación del Auto de Vista impugnado,
- Consiguientemente corresponde emitir resolución en la forma prevista en los arts
- Se llama severamente la atención al Ad quem debiendo en todo actuado obrar de manera
- En cumplimiento de lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
