Auto Supremo AS/0566/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0566/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Debe tomarse en cuenta que la disposición citada es clara y refiere a la revisión

Debe tomarse en cuenta que la disposición citada es clara y refiere a la revisión deberá efectuarse por causas debidamente justificadas, que en el caso de autos se demostró la falsedad del certificado de matrimonio por la vía judicial, y al existir una resolución pasada en autoridad de cosa juzgada, dictada por juez competente, que determinó la culpabilidad del delito de instrumento falsificado establecido en normativa penal contra Betty Santiesteban Vda. de Mejía, la que es validada por el SENASIR que evidenciaron las causas que dieron lugar a la suspensión definitiva de la renta de viudedad, manteniéndose entretanto válida, en el presente proceso, al considerar que el certificado de matrimonio presentado por la beneficiaria no es válido al haberse demostrado lo contrario, por lo que no se encuentra evidente el recurso de casación acusado por la recurrente