Encontrándose así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los
Encontrándose así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los antecedentes del proceso, se concluye que la principal controversia en el caso que nos ocupa, consiste en determinar si corresponde o no que el Servicio Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR, reconozca los aportes efectuados por el señor Antonio Cruz Ríos al Sistema de Reparto vigente hasta la gestión de 1997, durante los periodos comprendidos entre enero de 1990 a abril de 1997, de cuyo análisis se tiene que:
La Seguridad Social en Bolivia tuvo una serie de transformaciones o cortes, es así que para que una persona acceda a una jubilación en el Sistema Integral de Pensiones (SIP), vigente desde el 10 de diciembre de 2010, fecha de promulgación de la Ley de Pensiones Nº 065, su densidad de aportes, que es la suma de los periodos efectivamente aportados por el asegurado al Sistema de Reparto, al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al SIP, inciden en el monto de su jubilación; derecho fundamental reconocido por la CPE y considerado actualmente como un derecho humano inalienable, protegido por organismos internacionales e instituciones supranacionales
La Seguridad Social en Bolivia tuvo una serie de transformaciones o cortes, es así que para que una persona acceda a una jubilación en el Sistema Integral de Pensiones (SIP), vigente desde el 10 de diciembre de 2010, fecha de promulgación de la Ley de Pensiones Nº 065, su densidad de aportes, que es la suma de los periodos efectivamente aportados por el asegurado al Sistema de Reparto, al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al SIP, inciden en el monto de su jubilación; derecho fundamental reconocido por la CPE y considerado actualmente como un derecho humano inalienable, protegido por organismos internacionales e instituciones supranacionales
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I
- Iniciado el trámite de Cálculo de Compensación de Cotizaciones, la Comisión de Calificación de Rentas
- I.2. Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- En mérito a la resolución detallada precedentemente, Antonio Cruz Ríos interpuso recurso de reclamación mediante
- En conocimiento de la resolución emitida por la Comisión de Reclamación del SENASIR, Antonio Cruz
- Mediante el escrito de fs
- El auto de vista indicó que las diferentes instancias del SENASIR no realizaron una conveniente
- Finalmente, señalaron como normas transgredidas y mal aplicadas las siguientes
- Párrafo 1 del art. 24 de la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010
- Arts
- Art. 31, inc. a) de la Resolución Administrativa 213/11 de 26 de octubre
- Manual de Certificación de Salario Cotizable y Densidad de Aportes para la Compensación de Cotizaciones
- Con los fundamentos jurídicos expuestos, solicitó se case el auto de vista impugnado y se
- De la revisión del cuaderno procesal, se advierte que Antonio Cruz Ríos no respondió al
- III.1. Fundamentos jurídicos del fallo
- Encontrándose así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los
- “Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes indivisibles y progresivos
- Si bien el tema de examen en el presente caso es la compensación de cotizaciones,
- “…Por la exigencia de conformar un silogismo que otorgue sustentación a la fundamentación de la
- El art
- De lo citado precedentemente se advierte que el derecho a la renta de vejez, como
- A su vez, su art
- Por su parte, el art
- En lo referente a la Compensación de Cotizaciones, el art
- En ese entendido, debe concluirse que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa
- Siendo necesario establecer que los procedimientos instituidos para la Calificación de Rentas en Curso de
- La entidad recurrente acuso a la resolución de alzada de atentar contra las normas de
- En base a la explicación efectuada en lo párrafos que preceden respecto a la materia
- En conclusión, dejar claramente establecido, que si bien el objeto del DS Nº 27543 de
- Finalmente, citar el principio de “Verdad Material”, catalogado como aquel acontecimiento o conjunto de acontecimientos
- De acuerdo al análisis, normativa señalada en la presente resolución, esta Sala constata que el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
