POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 123 vlta. a 125, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR, a través de sus representantes legales Franthi German Suxo Gutiérrez, Administrador Regional del SENASIR e Ivonne Jaqueline Antezana Salazar, Abogada Regional del SENASIR. Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO)
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I
- Iniciado el trámite de Cálculo de Compensación de Cotizaciones, la Comisión de Calificación de Rentas
- I.2. Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- En mérito a la resolución detallada precedentemente, Antonio Cruz Ríos interpuso recurso de reclamación mediante
- En conocimiento de la resolución emitida por la Comisión de Reclamación del SENASIR, Antonio Cruz
- Mediante el escrito de fs
- El auto de vista indicó que las diferentes instancias del SENASIR no realizaron una conveniente
- Finalmente, señalaron como normas transgredidas y mal aplicadas las siguientes
- Párrafo 1 del art. 24 de la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010
- Arts
- Art. 31, inc. a) de la Resolución Administrativa 213/11 de 26 de octubre
- Manual de Certificación de Salario Cotizable y Densidad de Aportes para la Compensación de Cotizaciones
- Con los fundamentos jurídicos expuestos, solicitó se case el auto de vista impugnado y se
- De la revisión del cuaderno procesal, se advierte que Antonio Cruz Ríos no respondió al
- III.1. Fundamentos jurídicos del fallo
- Encontrándose así formulado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los
- “Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes indivisibles y progresivos
- Si bien el tema de examen en el presente caso es la compensación de cotizaciones,
- “…Por la exigencia de conformar un silogismo que otorgue sustentación a la fundamentación de la
- El art
- De lo citado precedentemente se advierte que el derecho a la renta de vejez, como
- A su vez, su art
- Por su parte, el art
- En lo referente a la Compensación de Cotizaciones, el art
- En ese entendido, debe concluirse que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa
- Siendo necesario establecer que los procedimientos instituidos para la Calificación de Rentas en Curso de
- La entidad recurrente acuso a la resolución de alzada de atentar contra las normas de
- En base a la explicación efectuada en lo párrafos que preceden respecto a la materia
- En conclusión, dejar claramente establecido, que si bien el objeto del DS Nº 27543 de
- Finalmente, citar el principio de “Verdad Material”, catalogado como aquel acontecimiento o conjunto de acontecimientos
- De acuerdo al análisis, normativa señalada en la presente resolución, esta Sala constata que el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
