De igual forma el principio de inversión de la prueba, contenido en la norma constitucional
De igual forma el principio de inversión de la prueba, contenido en la norma constitucional ya citada, establece que la carga de la prueba le corresponde al empleador. Este principio en materia laboral, es contrario a la regla general de principio de aportación de prueba, que establece “quien afirma un hecho debe probarlo”; en el proceso laboral se traslada esa responsabilidad al empleador. Conforme al principio laboral constitucional, el art. 66 del CPT, establece que, en todo juicio social, incoado por el trabajador, la carga de la prueba corresponde al empleador, sin perjuicio de que aquel pueda ofrecer las pruebas que estime convenientes. A su vez el art. 150 de la misma Ley procesal laboral, establece que en esta materia corresponde al empleador demandado desvirtuar los fundamentos de la acción, sin perjuicio de que el actor aporte las pruebas que crea conveniente
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- Que, tramitado el proceso laboral de beneficios sociales, el Juzgado de Partido Primero del Trabajo
- El citado fallo, motivó que la asociación demandada por medio de su representante interponga recurso
- II.2.-Petitorio
- La respuesta al recurso de fs
- El recurso de casación en el fondo planteado por Edwin Elvis Soliz Días en representación
- CONSIDERANDO III
- Realizado el examen del recurso de casación en el fondo interpuesto contra el auto de vista
- La Sentencia No
- La antedicha resolución de primera instancia, fue confirmada en todas sus partes, por el Auto
- En relación al segundo agravio el auto de vista impugnado vinculado al argumento de que
- En el recurso de casación de fs
- En primer término, cabe manifestar que los derechos laborales y beneficios sociales de los trabajadores
- Dentro del proceso social, se ha instituido como reglas constitucionales los principios de protección de
- Siendo preciso también, puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por este Tribunal,
- De la revisión de antecedentes se pudo evidenciar que la parte actora prestó sus servicios
- Si bien la normativa laboral protege y tutela las relaciones de trabajo y al trabajador,
- Asimismo, la Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en
- De igual forma el principio de inversión de la prueba, contenido en la norma constitucional
- Consiguientemente, le corresponde al empleador la obligación de proporcionar al proceso los elementos de prueba
- En relación al segundo agravio expuesto en casación, este Tribunal no puede pronunciarse al respecto,
- En consecuencia, se concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
