En el recurso de casación de fs
En el recurso de casación de fs. 108 a 111 vlta., la parte recurrente expuso: primero; que la actora en su demanda solicito el pago de beneficios sociales, indemnización, sueldos devengados y aguinaldo en la suma de Bs.19.836,71.- y no demando desahucio, mismo que no fue probado, que al confirmar la sentencia de primera instancia el Tribunal de Alzada no valoró las pruebas de descargo, consintiendo ultra petita al determinar un monto mayor de lo solicitado en la suma de Bs.6.337,5.- por concepto de desahucio. Segundo; que mediante la prueba aportada por su parte, documental como confesión provocada se acreditó que la demandante solo trabajó cinco meses y doce días, existiendo un intervalo en su trabajo, prueba que no fue valorada por las instancias inferiores, atentándose el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones, indicando asimismo que según el art. 117-I (no indicó de que norma) señala que ninguna persona puede ser condenada sin ser oída y juzgada previamente en un debido proceso
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- Que, tramitado el proceso laboral de beneficios sociales, el Juzgado de Partido Primero del Trabajo
- El citado fallo, motivó que la asociación demandada por medio de su representante interponga recurso
- II.2.-Petitorio
- La respuesta al recurso de fs
- El recurso de casación en el fondo planteado por Edwin Elvis Soliz Días en representación
- CONSIDERANDO III
- Realizado el examen del recurso de casación en el fondo interpuesto contra el auto de vista
- La Sentencia No
- La antedicha resolución de primera instancia, fue confirmada en todas sus partes, por el Auto
- En relación al segundo agravio el auto de vista impugnado vinculado al argumento de que
- En el recurso de casación de fs
- En primer término, cabe manifestar que los derechos laborales y beneficios sociales de los trabajadores
- Dentro del proceso social, se ha instituido como reglas constitucionales los principios de protección de
- Siendo preciso también, puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por este Tribunal,
- De la revisión de antecedentes se pudo evidenciar que la parte actora prestó sus servicios
- Si bien la normativa laboral protege y tutela las relaciones de trabajo y al trabajador,
- Asimismo, la Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en
- De igual forma el principio de inversión de la prueba, contenido en la norma constitucional
- Consiguientemente, le corresponde al empleador la obligación de proporcionar al proceso los elementos de prueba
- En relación al segundo agravio expuesto en casación, este Tribunal no puede pronunciarse al respecto,
- En consecuencia, se concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
