Auto Supremo AS/0712/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0712/2020-RRC

Fecha: 12-Nov-2020

I.1.1. Motivo del recurso de casación


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes.

Por Sentencia de 19 de abril de 2004, el Juzgado de partido Primero de Sustancias Controladas en la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba, declaró a Florencio Montaño, Guillermina Rojas Ampuero, Germana Muñoz Rojas y José Antonio Rojas López autores del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en el art. 48 en relación al art. 33 inc. m) de la L1008, imponiéndoles la pena de trece años y tres meses de presidios para cada uno de ellos, así como el pago de 200 días multa a razón de un boliviano por día, más costas y daños y perjuicios a favor del Estado.

Contra la referida Sentencia, los encausados interpusieron recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista de 20 de octubre de 2010, por el cual la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, confirmó la sentencia apelada, con “la modificación de que no concurre la agravación por asociación ilícita y confabulación…y en consecuencia se impone a cada uno de los procesados la pena de diez años y seis meses de presidio y a pagar una multa de doscientos días a razón de un boliviano por día, más costas, daños y perjuicios a favor del Estado averiguables en ejecución de Sentencia” (sic)

I.1.1. Motivo del recurso de casación