Auto Supremo AS/0632/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2020

Fecha: 12-Dic-2020

1.

1. María Cuizara Llave de Soliz, mediante memorial de demanda cursante de fs. 128 a 130 vta., subsanado de fs. 133 a 134, inicio proceso de reivindicación en contra de Elizabeth Lucia Viza Aguilar de Moya y Luis Mamerto Moya Zarate, quienes una vez citados, la última mediante escrito cursante de fs. 184 a 185 subsanado de fs. 191 a 192 vta., contestó negativamente, y reconvino la nulidad del documento contenido en la escritura Pública N° 168/99, así como la minuta de fecha 23 de febrero de 1999 y la cancelación de la partida N° 240 ”B” del libro de propiedades cercado de 1999 ahora bajo la Matricula N° 4.01.3.03.0001920; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión del Auto Definitivo N° 048/2019-DPRF de 10 de junio, cursante de fs. 468 a 470 donde el Juez Publico Civil y Comercial N° 10 de Oruro, declaró EXTINGUIDO el proceso sin costas; ordenándose el archivo de obrados, el desglose de documentos, asimismo dejo sin efecto las medidas provisionales o cautelares que se hubiesen ordenado, salvándose el derecho de las partes a la vía legal que corresponda.

1. De antecedentes se establece que María Cuizara Llave de Soliz, por memorial de fs. 129 a 129 vta., complementado de fs. 133 a 134, interpuso demanda de reivindicación de lote de terreno contra Julio Mamerto Moya Zarate y Elizabeth Lucia Viza Aguilar de Moya, que fue admitida mediante providencia de 11 de abril de 2014 cursante a fs. 135 y vta., por lo que se citó y emplazó a los demandados mediante cédula.