Auto Supremo AS/0632/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2020

Fecha: 12-Dic-2020

2.

2. Resolución de primera instancia al ser recurrida en apelación por José Yen Llave Muñoz en representación de Elizabeth Lucia Viza Aguilar de Moya mediante memorial cursante de fs. 473 a 474, la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 109/2020 de 01 de septiembre, cursante de fs. 504 a 509 vta., REVOCANDO el Auto definitivo de fecha 10 de Junio de 2019, cursante en el expediente de fs. 467 a 470, sin condenación de costas y costos procesales. En consecuencia, dispuso la prosecución de la tramitación de la causa.

2. Por escrito de fs. 184 a 185 la demandada Elizabeth Lucia Viza Aguilar de Moya contestó la demanda en forma negativa e interpuso demanda reconvencional de nulidad de minuta de fecha 23 de febrero de 1999, Escritura Pública N° 168/1999 y cancelación de partida N° 240 “B” del Libro de Propiedades Cercado de 1999, con actual matrícula N° 4.01.3.03.0001920, al haber sido observada la demanda reconvencional por providencia de fs. 186 y vta., por incumplimiento de lo previsto en el artículo 327 numerales 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Código Procedimiento Civil, ordenando la autoridad judicial que la demanda reconvencional debe dirigirse en contra de todos los que habrían intervenido en la suscripción de la Escritura Pública N° 168/1999 de 23 de febrero; a lo que se dio cumplimiento a las observaciones ampliando la demanda reconvencional en contra los herederos de Marcos Llave Álvarez y de Trifón Llave Muñoz, que fue admitida por providencia de fecha 01 de septiembre de 2014 a fs. 193 y vta.,