Auto Supremo AS/0700/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2020

Fecha: 11-Dic-2020

punto 5

En lo que concierne al reclamo expuesto en el punto 5 de la casación, se tiene que la recurrente denuncia la falta de pronunciamiento respecto a la presunsión desfavorable para el demandado que no respondió a la demanda dentro del término, no participó en varias audiencias, no respondió el recurso de apelación y confesó que vio expresamente los mojones del inmueble pretendido

No es evidente que el Tribunal de apelación no haya emitido un pronunciamiento respecto a la referida acusación, toda vez que en el Auto de Vista N°134/2020, dicho tribunal resolvió este extremo, señalando que tal presunción resulta ineficaz a los efectos de establecer la ubicación de inmueble pretendido y no puede prevalecer en reemplazo de la acreditación del plano requerido; lo que da cuenta que si hubo una respuesta en los términos expuestos.

Además, se debe considerar que lo establecido por el art. 368.III del Codigo Procesal Civil, cuando dispone que: “La inasistencia de la parte a la audiencia complementaria significará presunción desfavorable para ella”, únicamente indica que la parte ausente habrá perdido la posibilidad de realizar los actos ahí desarrollados, tales como producir prueba, objetar la prueba producida, exponer los alegatos finales u otros actos que emerjan de la naturaleza del proceso, empero esto de ninguna manera significa per se, que deba acogerse la pretensión del contrario, como erradamente pretende la demandante, mucho menos dicha ausencia puede reemplazar algún elemento probatorio que consitiuye esencial para la definición del proceso, por tanto, la presunción desfavorable y la confesión cuestionada por la recurrente, no pueden suplir a un elemento objetivo como es la acreditación de la ubicación del inmueble pretendido.