Auto Supremo AS/0702/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0702/2020

Fecha: 11-Dic-2020

Fragmento 16

Cabe en este punto precisar que la competencia de este alto Tribunal, para revisar la impugnación de autos concedidos en el efecto diferido, únicamente se apertura cuando en la casación el reclamo está vinculado a la incongruencia omisiva o la falta de fundamentación y motivación del fallo de segunda instancia, aspecto que no acontece en el presente caso, puesto que, como se tiene dicho, los reclamos del recurrente se encuentran orientados al fondo mismo de la excepción analizada por el Auto de 24 de abril de 2019 y confirmado por la resolución de alzada; de ahí que no corresponde realizar mayores consideraciones al respecto y amerita rechazar los planteamientos del recurrente.