Auto Supremo AS/0724/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0724/2020

Fecha: 11-Dic-2020

EN LA FORMA

Con el propósito de atender los reclamos realizados ante esta Sala, corresponde resolver el cuestionamiento de forma, a efectos de dilucidar si el cargo denunciado debe ser atendido o no, a fin de establecer la nulidad de obrados solicitada, para dicho propósito este Tribunal considera hacer alusión al Auto Supremo 497/2019 de 24 de septiembre, que sobre el particular refirió: “La Ley N° 025 del Órgano Judicial, con relación al régimen de las nulidades procesales, en su art. 16 establece lo siguiente: I. “Las y los magistrados, vocales y Jueces, deberán proseguir con el desarrollo del proceso, sin retrotraer a las etapas concluidas, excepto cuando existiere irregularidad procesal reclamada oportunamente y que viole su derecho a la defensa conforme a ley. II. La preclusión opera a la conclusión de las etapas y vencimiento de plazos”.