III.1. ESTUDIO DEL CASO Y JUSTIFICACION DEL FALLO
De la lectura del Recurso de casación interpuesto, se advierte que este contiene fundamentos tanto en la forma como en el fondo; sobre la forma, señala el recurrente que el Auto de Vista impugnado carece de pertinencia, además que se vulneró el debido proceso y el principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115.II y 178.I de la CPE; 265.I del CPC; y, 202 del CPT, así como un extracto del Auto Supremo 104/2000 de 27 de abril.
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
- ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
- ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 724/2020
- Sucre, 11 de diciembre de 2020
- Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 411/2020
- Distrito: Chuquisaca
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I:
- I. 1. Antecedentes del proceso
- I.1.1 Sentencia:
- I.1.2 Auto de Vista
- CONSIDERANDO II
- II.1 MOTIVOS DEL RECUROS DE CASACION.
- II.2.- Petitorio
- II.3. Admisión
- CONSIDERANDO III:
- III.1. ESTUDIO DEL CASO Y JUSTIFICACION DEL FALLO
- a)
- III.2. Fundamentos jurídicos del fallo.
- EN LA FORMA
- II. En grado de apelación, casación o nulidad, los Tribunales deberán pronunciarse sólo sobre aquellos aspectos solicitados en los recursos interpuestos. III. La nulidad solo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos
- en referencia a las nulidades debe considerarse para su declaratoria la trascendencia que reviste el acto denunciado
- con los principios que rigen la materia
- EN EL FONDO
- b)
- c)
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
