Auto Supremo AS/0018/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0018/2020

Fecha: 12-Feb-2020

Expresó que por los argumentos desarrollados, no existió relación laboral, menos aún corresponde el pago

Expresó que por los argumentos desarrollados, no existió relación laboral, menos aún corresponde el pago de beneficios sociales, debiendo darse la valoración y criterio crítico, más cuando se trata de beneficios sociales entre hermanos; que debe crearse y modularse a través de la jurisprudencia el pago de beneficios sociales entre hermanos, tomando en cuenta que es obvio que entre ellos prima la buena fe