Auto Supremo AS/0021/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2020

Fecha: 12-Feb-2020

Respecto a la prueba testifical cuestionada en el recurso, el auto de vista, claramente analizó

Se tiene establecido que la relación laboral entre el actor, Raúl Ramos López y la Empresa Constructora YUCRONST S.R.L., representada por Luis Yucra, sujeta a contrato verbal, en el cargo de maestro albañil y tuvo vigencia desde el 15 de abril de 2015 hasta el 30 de junio de 2017, fecha en la que el empleador procedió a su despido intempestivo e injustificado sin ningún preaviso, habiendo desarrollado un tiempo de trabajo por 2 años, 2 mes y 15 días, empero no fue cancelado los beneficios sociales que por ley corresponden.
Respecto a la prueba testifical cuestionada en el recurso, el auto de vista, claramente analizó y fundamentó que: “…la prueba testifical… producida por los dos testigos María Franco Cayu y Victor Coca Montaño la primera vendedora de comida y el segundo trabajador de la misma empresa, quienes manifiestan que el demandante trabajó desde el 15 de abril de 2015 hasta el 30 de junio de 2017, en distintas construcciones tanto en la zona del Urubo en la Urbanización Mar adentro y en la zona del Zoológico, la confesión provocada se ha entendido que el demandado Luis Yucra ha reconocido haberle otorgado trabajo al demandante mismo que fue corroborado por propios testigos en la respuesta de la pregunta cuatro de sus declaraciones con estos argumentos el juez Aquo atendiendo las evidencias y aplicando la verdad material, se evidencia la prestación de un servicio desarrollado y continuo por parte del demandante que corresponde la aplicación del art. 182 del inc. a) del CPT….” (el subrayado es nuestro)