VISTOS: El recurso de casación en la forma fs
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 032/2020
Sucre, 12 de febrero de 2020
Expediente: SC-CA. SAII- PDO. 275/2019
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Abog. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en la forma fs. 70 y vlta., interpuesto por Angel Boris Salvatierra Justiniano, contra el Auto de Vista Nº 65/2019 de 24 de mayo, cursante de fs. 65 a 66, emitido por la Sala Civil, Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso laboral interpuesto por Gualberto Ibarra Guzmán contra SEDCAM Pando, el auto N° 100/2019 de 01 de julio, que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs. 74 vlta., el Auto Nº 271/2019-A, de 07 de agosto de fs. 83 y vlta., mediante el cual se admite el referido recurso, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 032/2020
Sucre, 12 de febrero de 2020
Expediente: SC-CA. SAII- PDO. 275/2019
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Abog. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en la forma fs. 70 y vlta., interpuesto por Angel Boris Salvatierra Justiniano, contra el Auto de Vista Nº 65/2019 de 24 de mayo, cursante de fs. 65 a 66, emitido por la Sala Civil, Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso laboral interpuesto por Gualberto Ibarra Guzmán contra SEDCAM Pando, el auto N° 100/2019 de 01 de julio, que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs. 74 vlta., el Auto Nº 271/2019-A, de 07 de agosto de fs. 83 y vlta., mediante el cual se admite el referido recurso, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
- VISTOS: El recurso de casación en la forma fs
- El Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la capital,
- Solicitando en definitiva se declare IMPROBADA la demanda
- Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia Nº 17 018, de 9 de
- I.2. Auto de Vista
- Contra esta decisión, el demandado, interpuso recurso de apelación mediante memorial de fs
- Cumplidas las formalidades procesales, la Sala Civil, Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal
- El auto de vista impugnado, no consideró el fundamento de la apelación, mediante el cual
- Concluye solicitando se Case el auto recurrido y en definitiva se realice nueva liquidación del
- Estando plenamente vigente el CPT, se asume que las normas supletorias, en el actual contexto
- Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal
- El art
- Que, el auto de vista impugnado, no consideró el fundamento de la apelación, mediante el
- Que el art
- Respecto a este punto denunciado, se debe aclarar que la decisión asumida por el Tribunal
- En relación al D
- Por el contenido del recurso, se tiene que el recurrente no ha señalado de forma
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
