Auto Supremo AS/0139/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2020

Fecha: 21-Feb-2020

Al respecto, antes de ingresar al estudio del proceso es menester tomar en cuenta que

Al respecto, antes de ingresar al estudio del proceso es menester tomar en cuenta que por el carácter vertical del recurso de casación únicamente se tiene competencia para analizar y determinar los argumentos expuestos en el auto de vista entonces de ello se desprende que debe existir un pronunciamiento previo como emergencia de los reclamos de apelación, lo cual implica que no puede traerse a casación nuevos temas que no fueron observados oportunamente, que resultan en un salto de instancia o per saltum que no es reconocido en nuestro ordenamiento jurídico en el sub lite de un contraste entre recurso de apelación, auto de vista y recurso de casación se extrae que lo ahora observado no fue debatido en apelación donde únicamente se reclamó temas de forma cómo ser: 1) Falta de citación a su persona, Banco Bisa y Fiscalía, 2) Citación a la demandada en domicilio distinto, 3) Reclamo de saneamiento procesal y falta de conciliación previa al proceso, 4) Incumplimiento del principio de congruencia por señalar terceros no integrados en litis y con gravámenes en el objeto de proceso, 5) No consideración de afectación con el proceso a gravámenes de terceros, falta de prueba de los demandantes sobre proceso de ganancialidad concluido; es decir solo temas procesales y no de fondo como ahora observa en consecuencia por per saltum este tribunal se ve impedido de estudiar lo reclamado