Auto Supremo AS/0139/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2020

Fecha: 21-Feb-2020

De lo referido, no se advirtió incongruencia entre la demanda y la sentencia que adujo

Sobre el incumplimiento del principio de congruencia y falta de valoración de la prueba. El argumento de la demanda indica que el codemandado Jaime Antonio Borda Claure en proceso de Divorcio interpuso recurso de apelación sobre el bien inmueble declarado ganancial indicando que su adquisición fue un acto simulado a efectos que su padre y propietario obtenga recursos económicos además el memorial de respuesta del codemandado que admite y reconoce el tenor de la demanda y la declaración de no ganancialidad del inmueble en proceso familiar, se habría demostrado la simulación por lo que se declaró probada la demanda, extinción del registro de derecho propietario de los demandados y subsistente el registro del Asiento A-1 de la Matricula Nº 6.01.1.0003907 arrastrando el gravamen a favor del Banco Bisa S. A
De lo referido, no se advirtió incongruencia entre la demanda y la sentencia que adujo la recurrente, el instituto jurídico de la simulación fue invocado en la demanda, correspondía su motivación en sentencia cuyos efectos alcanzan a las partes, no a terceros por tratarse de extinción del registro de propiedad y no de extinción de gravámenes de terceros, por ello no se los emplazó al proceso, motivos que desvirtúan los demás reclamos aclarando que la recurrente no demostró si la resolución que declaró improbada la demanda de ganancialidad de bienes alcanzo ejecutoria, lo que imposibilitó al tribunal de alzada verificar dicho aspecto