Auto Supremo AS/0150/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2020-RA

Fecha: 06-Feb-2020

Acusa defecto absoluto, por violación del principio de tutela judicial efectiva y derecho al debido


Acusa defecto absoluto, por violación del principio de tutela judicial efectiva y derecho al debido proceso, previsto en los arts. 115 y 117 de la CPE, por falta de resolución y pronunciamiento debido y motivado sobre los argumentos del segundo motivo de la apelación restringida “II. (Congruencia) entre la Sentencia y la Acusación Fiscal, previsto en el art. 370 inc. 11) del CPP; siendo que, en el Auto de Vista se debe circunscribir y resolver de menara puntual y expresa cada motivo y sus argumentos cuestionados de la Sentencia, aspecto establecido en el art. 398 del CPP que en el presente caso resulto infringido; siendo que, lo que se denunció fue: a) Que el Tribunal de Sentencia le condenó por el delito de Violación, cuando de este delito atribuido nunca se estableció con que parte del cuerpo u objeto hubiera cometido el ilícito; y b) Nunca estableció el Ministerio Público en el delito de Violación por qué parte del cuerpo de la víctima se cometió el delito. Al respecto, el Tribunal de alzada en lugar de dar una respuesta, se limitó a remitirse a la Sentencia; respecto del segundo, respondió a este agravio con términos rebuscados que, sin dar respuesta a los agravios planteados no pudieron desvirtuar la denuncia con las connotaciones especificadas; motivos por los cuales señala que existió una incongruencia omisiva al no dar una respuesta puntual a cada uno de los agravios planteados habiendo ingresado en el defecto de fundamentación y motivación de la resolución siendo que la respuesta no fue expresa, ni clara, ni completa; infringiendo en consecuencia, lo previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP. Al respecto, invoca como procedente contradictorio el Auto Supremo 205/2015-RRC de 27 de marzo, 626/2014-RRC de 5 de noviembre y 726/2004 de 26 de septiembre