Auto Supremo AS/0154/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2020-RA

Fecha: 06-Feb-2020

Como segundo motivo de su apelación restringida, el recurrente hubiera denunciado la existencia del defecto


Como segundo motivo de su apelación restringida, el recurrente hubiera denunciado la existencia del defecto de Sentencia comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, debido a que existió defectuosa valoración probatoria tal como se observaría en el considerando III de la Sentencia, en la que se realizaría un análisis individual de la prueba de manera subjetiva y contradictoria, porque no se señalaría ni especificaría a qué hecho delictivo objeto de juicio se otorga valor probatorio de dichas pruebas y tampoco señala a cuál de los acusados absuelve o incrimina, lo cual vulneraría lo previsto en los arts. 124 y 359 del CPP, porque no realizó una valoración integral ni hizo el contraste unas con otras para establecer la verdad histórica de los hechos; al respecto, invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 137/2014