Auto Supremo AS/0154/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2020-RA

Fecha: 06-Feb-2020

Con relación a este motivo el recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 137/2014,


Con relación a la temática planteada invoca como precedente vinculante el Auto Supremo 192/2016-RRC de 14 de marzo, del cual se limitó a señalar a que se refiere el mismo; sin embargo, olvida dar cumplimiento a los requisitos de admisibilidad comprendidos en el art. 417 del CPP; es decir, señalar en términos precisos la contradicción en la que hubiera incurrido el Auto de Vista con relación al precedente invocado y esta falencia no puede ser suplida de oficio por este Tribunal, lo que sin duda hace a este motivo en inadmisible.

En el segundo motivo, refiere que en el segundo motivo de su apelación restringida, el recurrente hubiera denunciado la existencia del defecto de la Sentencia comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, debido a que existió defectuosa valoración probatoria tal como se observaría en el considerando III de la Sentencia, en la que se realizaría un análisis individual de la prueba de manera subjetiva y contradictoria, porque no se señalaría ni especificaría a qué hecho delictivo objeto de juicio se otorga valor probatorio de dichas pruebas y tampoco señala a cuál de los acusados absuelve o incrimina, lo cual vulneraría lo previsto en los arts. 124 y 359 del CPP

Con relación a este motivo el recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 137/2014, al igual que el anterior motivo, se limita a hacer referencia de que se trata el mismo olvidando precisar la contradicción en la que hubiera incurrido el Auto de Vista respecto de este, aspectos que hacen ver que en este motivo, también se incumplió con los requisitos de admisibilidad, deviniendo el motivo planteado en inadmisible