De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Refiere que contra la Sentencia 51/2018 interpuso recurso de apelación restringida por defectos de la Sentencia comprendidos en el art. 370 incs. 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP); al respecto, señala que sobre el primer fundamento de manera separada sobre cada una de las violaciones que sustentan el recurso de apelación restringida, hubiera hecho referencia a la infracción de los arts. 124 con relación al 370 inc. 5), 124, 169 inc. 3) y 359 del CPP, normas que harían a la fundamentación que deben contener las resoluciones judiciales; al respecto, invoca como precedente vinculante el Auto Supremo 192/2016-RRC de 14 de marzo; asimismo, refiere que en la Sentencia no existiría una descripción clara, precisa y circunstanciada de los hechos establecidos como verdaderos; al respecto, hace referencia al Auto Supremo ya señalado en el cual referiría que cuando falte fundamentación analítica o intelectiva se debe anular la sentencia, en el presente caso se observaría que la Sentencia incumplió los arts. 359 y 124 del CPP; motivos por los cuales, hubiera existido insuficiente fundamentación en la Sentencia, debido a la insuficiente valoración de la pruebas ya existentes por los que carecería de la teoría del delito
- Por memorial presentado el 21 de enero de 2020, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Como segundo motivo de su apelación restringida, el recurrente hubiera denunciado la existencia del defecto
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Respecto del primer motivo, refiere que en su recurso de apelación restringida denunció el defecto
- Con relación a este motivo el recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 137/2014,
- Debe agregarse con relación a estos dos primeros motivos que materialmente resulta inviable su consideración
- No obstante, se advierte que el recurrente identificó el hecho concreto que le causa agravio
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
