Auto Supremo AS/0154/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2020

Fecha: 26-Feb-2020

Ahora bien, con relación a la Escritura Pública N° 557/2010 de 23 de agosto de

Ahora bien, con relación a la Escritura Pública N° 557/2010 de 23 de agosto de fs. 186 a 192 y de fs. 290 a 296 vta., referida a una transferencia parcial efectuada por los Juan Pablo Chambi Romero y Nicolasa Canaza de Chambi a favor de Reyna Eduviges Chambi Canaza, se advierte de la revisión de obrados que esta documental fue incorporada al proceso mediante el escrito presentado por las demandantes a fs. 195 y vta., siendo que los demandados no objetaron la escritura referida, tan solo se evidencia el memorial de apersonamiento de Flora Chambi Canaza a fs. 199 y la interposición del incidente de nulidad de obrados por Jorge Gregorio Chambi Canaza a fs. 205 y vta., en tal sentido el cuestionamiento sobre la invalidez de aquella prueba debió habérselo efectuado en la etapa procesal oportuna, por lo tanto la falta de cuestionamiento permitió la valoración de la Escritura Pública N° 557/2010 de 23 de agosto, por las autoridades de instancia, en consecuencia resulta un exceso pretender en sede de casación el desconocimiento de esta documental so pretexto de la vulneración al art. 306.I num.2 inc. c) del Código Procesal Civil