Auto Supremo AS/0194/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0194/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

“el Tribunal de Alzada valoró un solo elemento de prueba, hecho que además no es


El entendimiento jurisprudencial fue establecido ante la siguiente situación de hecho:

“el Tribunal de Alzada valoró un solo elemento de prueba, hecho que además no es de su competencia, vulnerando ostensiblemente la valoración integral que es facultad del Tribunal A-quo (…),el Tribunal de Apelación, en una actitud condescendiente, vulnera su propia competencia, al no ponderar los puntos apelados, siendo deber de la autoridad jurisdiccional evidenciar que los puntos apelados se encuentran sustentados fáctica y jurídicamente; (…) el Tribunal de Alzada al apoyarse en una frase de la sentencia apelada, que proviene de la valoración de un elemento de prueba y no de la valoración integral: que la sustancia controlada sea para su comercialización (…),la frase anteriormente señalada no responde al fundamento integral de la sentencia, es una inferencia caprichosa del recurrente para convertirlo en uno de sus puntos del recurso de apelación restringida”