Auto Supremo AS/0194/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0194/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


En ese sentido, se tiene que la situación de hecho resuelta por los precedentes difieren de la planteada en el presente proceso, pues si bien se refieren a temas vinculados a la actividad probatoria, en aquellos la problemática estuvo referida a una labor de revalorización probatoria al resolver el recurso de apelación restringida no admitida dado los principios del sistema acusatorio vigente en el país, situación de hecho distinta a la planteada por el recurrente, que en todo caso se halla referida a la labor de control del Tribunal de alzada a la valoración de pruebas efectuada por el Juez o tribunal de Sentencia; lo que implica, la inexistencia de situaciones de hecho similar que permitan vislumbrar la alegada contradicción en el recurso de casación sujeto a análisis, situación que obedece a la falencia recursiva del recurrente en la invocación de los precedentes, pues aun estando admitido el recurso de casación, debió asegurarse a los fines de que ellos resulten certeros, que correspondan a una situación fáctica análoga conforme la exigencia prevista por el art. 416 del CPP y las recomendaciones efectuadas por este Tribunal en forma reiterada y uniforme ; lo que determina que el presente motivo también devenga en infundado.

POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Ricardo Daniel Gandarilla Antelo, de fs. 438 a 446 vta