A pesar de aquello, se evidencia que la parte recurrente denuncia la vulneración del debido
A pesar de aquello, se evidencia que la parte recurrente denuncia la vulneración del debido proceso; de modo que al estar ante una circunstancia donde es posible la admisión del recurso por flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de vulneración de derechos, se requiere comprobar si el recurrente cumple con los presupuestos detallados en el apartado IV de esta Resolución. En ese entendido, se constata que el recurrente enfatiza que el Tribunal de apelación rechazó por inadmisible su recurso de apelación restringida en su primer motivo, sin haber precisado de manera clara y expresa el defecto formal que alega no haber subsanado, privándole arbitrariamente de su derecho al recurso judicial efectivo, ya que si se hubiese ordenado subsanar el recurso, otra hubiera sido la decisión de alzada, el recurrente proveyó los antecedentes de hecho generadores del recurso; precisó el derecho constitucional vulnerado, detalló con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho y, explicó el resultado dañoso emergente del defecto. Cumpliendo con los requisitos que hacen viable la admisión del motivo de casación por flexibilización
- Por memorial presentado el 31 de enero de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 24 de enero de 2020 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En el motivo primero, la parte recurrente reclama que el Tribunal de alzada está compuesta
- Sin embargo, ante el reclamo de vulneración de Garantías Jurisdiccionales, y, en el ámbito de
- En el segundo motivo, denuncia el recurrente que el presidente del Tribunal de alzada a
- A pesar de aquello, se evidencia que la parte recurrente denuncia la vulneración del debido
- Finalmente, en relación al motivo tercero, la parte recurrente acusa falta de fundamentación, toda vez
- No obstante, se advierte que la parte recurrente denuncia: i) [en relación al derecho a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
