Auto Supremo AS/0202/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2020-RA

Fecha: 18-Feb-2020

En el segundo motivo, denuncia el recurrente que el presidente del Tribunal de alzada a


En el segundo motivo, denuncia el recurrente que el presidente del Tribunal de alzada a través de la providencia de observación, no precisó de manera clara y expresa que se establezca la aplicación que se pretende de los arts. 124, 173 del CPP y 177.I de la Constitución; empero, en el Auto de Vista impugnado se asumió que no se hubiese subsanado aquella observación, rechazando por inadmisible el primer motivo de apelación restringida. En relación a ello, el Tribunal Supremo evidencia que la parte recurrente invocó al Auto Supremo 219 de 29 de marzo de 2007 en calidad de precedente contradictorio; sin embargo, no logró señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, es decir, no expuso de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares, consiguientemente, se observa que el recurrente no cumplió lo previsto en los arts. 416 y 417 del CPP