Auto Supremo AS/0091/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2020

Fecha: 03-Mar-2020

De lo compulsado, se concluye que de la lectura inextensa del Auto de Vista Nº

De lo compulsado, se concluye que de la lectura inextensa del Auto de Vista Nº 33/2019 de 12 de agosto, resulta evidente que se respetó la fundamentación y la motivación, como elementos esenciales del debido proceso y congruencia, observándose que el mismo, justifica su decisión, mostrando las razones que permiten considerar por qué el administrador estableció su decisión, sobre la controversia, explicando y justificando las razones de la decisión final, siendo así que se identifica antecedentes de derechos, al igual que contiene razones o elementos de juicio que permiten conocer cuáles han sido los criterios técnico jurídicos que fundamentaron su decisión, expresados en el punto II Fundamentos Jurídicos del Fallo, que fundamenta claramente lo solicitado por el apelante, evidenciándose que el Tribunal Ad quem resolvió el recurso de apelación dentro de los límites establecidos en el art. 115.II, 117.I y 119.II de la Constitución Política del Estado, circunscribiéndose a lo resuelto por el Juez A quo y los puntos que fueron objeto de la apelación, por lo que la fundamentación efectuada por el Tribunal de Apelación es pertinente, objetiva y precisa, no habiéndose evidenciado la falta de motivación, fundamentación, congruencia como elementos del debido proceso