Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación deberá reservarse para casos excepcionales, como instrumento para la corrección o reposición de un acto carente de los requisitos formales indispensables para la obtención de su fin; o bien, cuando un acto de tal naturaleza sea en evidencia agraviante a las bases elementales del sistema jurídico, tal situación hace patente lo inmerso en el art. 3 núm. 1 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), norma que imponía a los jueces y tribunales el deber de “cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad”, lo que incumbe sin duda, no solo a un mandato del legislador ordinario, sino involucra el propio objeto del proceso, que es la vía para “la efectividad de los derechos reconocidos por la ley sustantiva”, tal cual lo señalaba el art. 91 de aquella norma adjetiva, estableciéndose que las normas procesales son de orden público y, por tanto, de cumplimiento obligatorio, en su art. 90
- Vistos: El recurso de casación en el fondo de fs
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juzgado Séptimo de trabajo y Seguridad Social del Tribunal
- I.2.- Auto de Vista
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de
- Que, del referido Auto de Vista, Tatiana Roberta Mallo Camacho, interpuso recurso de casación en
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Manifiesta que el contrato refleja el principio la realidad y veracidad de los hechos por
- Alega que la parte demandante no menciona disposición legal que ampara la nivelación salarial, solamente
- Petitorio II.1
- Pide Case el Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de 2019, disponiendo
- III.- Fundamentos de la Contestación al Recurso
- Alega respecto al tiempo de servicios prestados, es preciso considerar que en materia laboral rigen
- Menciona que al momento de la presentación de la demanda manifestó respecto de la nivelación
- Respecto a la multa del 30 % que, al no haber la parte demandan cancelado
- Pide se rechace el auto el infundado recurso de casación interpuesto por la parte demandada
- III.2. Interpone Recurso de Casación en el Fondo de la Parte Demandante
- De conformidad con lo establecido en el art
- Al respecto señalar que el D
- Que, así expuestos los fundamentos de los recursos de casación de fojas 104 a 106
- Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
- Conforme se puede apreciar en el memorial de respuesta al recurso de casación de fs
- Consecuencia de ello, mediante Auto Nº 542/2019-A, de 30 de diciembre de 2019, esta Sala
- Conforme a las consideraciones expuestas en el párrafo que precede y tomando en cuenta que
- II.3. Conclusiones
- En consecuencia, conforme a lo establecido en el art
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
